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Los riesgos de la cesión a terceros de nuestro certificado electrónico

El Banco de España, en la su web clientebancario, publicó con fecha 9 de septiembre una noticia explicando los problemas derivados de la cesión a otras personas de nuestros certificados.

Cada vez más gestiones se realizan por internet: desde hacer la declaración de la renta hasta firmar contratos o pedir una ayuda pública. Para identificarnos en estos trámites usamos el certificado electrónico, una especie de “DNI digital” que confirma nuestra identidad.

El problema surge cuando, por comodidad o desconocimiento, alguien decide compartir su certificado con otra persona. Puede parecer algo inofensivo —“hazme el trámite tú, que yo no sé”—, pero en realidad supone un riesgo enorme. O por ejemplo, como advierte el Banco de España ceder el certificado a gestores y consultores cuando les encargamos gestiones administrativas, legales y financieras.

Con ese archivo digital cualquiera podría actuar en nuestro nombre: presentar documentos, acceder a datos privados o incluso firmar contratos sin nuestro permiso. Y lo más grave es que, ante la ley, todo lo que se haga con el certificado se considera autorizado por su dueño. Eso significa que las consecuencias legales, económicas o incluso penales recaerán sobre nosotros, aunque no hayamos sido los responsables directos.

El BdE recuerda "que ceder el certificado a terceros conlleva algunos riesgos, como, por ejemplo:

  • Que se realicen acciones en tu nombre sin tu consentimiento.

  • Que suplanten tu identidad.

  • Que las medidas de seguridad de tu gestor no sean igual de exhaustivas que las tuyas y sea más fácil que un tercero acceda a tus credenciales, y aumente así el riesgo de utilización del certificado de forma indebida y la posible pérdida de datos sensibles o ciberataques."

Además nos informan que ya han "detectado anomalías en el uso de los certificados electrónicos. Por ello, es importante que protejamos nuestra identidad digital. Recuerda que la identificación personal electrónica guarda la misma validez jurídica que la firma manuscrita. Valora las consecuencias antes de cederla."

Noticia creada partir de la información del Banco de España

 

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