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¿A quién le confías tu dinero? ¿Dónde abres tu cuenta?

Resumen basado en la web del Banco de España

Cuando decides abrir una cuenta corriente o contratar un depósito, en realidad estás confiando tus ahorros a una entidad que se compromete a gestionarlos y devolvértelos cuando los necesites. Esta actividad, conocida como captación de fondos reembolsables del público, es fundamental en el sistema financiero y por ello está estrictamente regulada. Según explica el Banco de España, no todas las instituciones pueden desempeñar este papel con seguridad para los clientes.

En España, únicamente las entidades de crédito —bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito— están legalmente autorizadas a captar depósitos del público. Para poder hacerlo, deben cumplir requisitos muy exigentes: disponer de capital mínimo suficiente, contar con una organización interna robusta y operar bajo un marco de supervisión continua por parte del Banco de España y el Banco Central Europeo. Este control tiene un objetivo claro: garantizar que la entidad sea solvente y capaz de proteger correctamente el dinero de sus clientes.

Además de esos requisitos exigidos a las entidades de crédito todas están obligadas a formar parte de un mecanismo adicional de seguridad: el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Gracias a él, si una entidad de crédito se viera obligada a cerrar y no pudiera devolver el dinero, el FGD garantiza hasta 100.000 euros por titular y por entidad. Esto proporciona un respaldo que no existe fuera del sistema regulado.

Por ello, el Banco de España advierte de los peligros de confiar dinero a entidades no autorizadas. Aunque puedan presentarse como alternativas modernas o más rentables, no están sometidas a los mismos controles, pueden carecer de la solidez necesaria y, en caso de problemas, el cliente quedaría completamente desprotegido: ni el FGD ni los mecanismos de reclamación oficiales podrían intervenir.

Para evitar riesgos, el Banco de España recomienda verificar siempre que la entidad esté registrada y autorizada. Esta comprobación puede hacerse fácilmente mediante el Registro de Entidades del Banco de España, o en los registros oficiales de otros países de la Unión Europea si se trata de un proveedor extranjero. Y si el usuario sospecha que una empresa está captando depósitos sin autorización, puede comunicarlo directamente a través del Canal Externo de Denuncias del propio Banco de España.

El artículo completo se puede leer en la web de educación financiera del Banco de España

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