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UNE 19601

La Función de Cumplimiento o Compliance Officer

Octavo apartado del Sistema de Gestión de Riesgos Penales (SGRP)

Para que un Sistema de Gestión de Riesgos Penales (SGRP) funcione correctamente, es imprescindible que exista una figura o unidad responsable de impulsar, supervisar y coordinar todas las acciones relacionadas con el cumplimiento normativo. Esa figura es el compliance officer o responsable de cumplimiento.

Este apartado es el punto de conexión entre todos los elementos del sistema y representa el corazón operativo del modelo de prevención penal.


¿Quién puede asumir esta función?

Dependiendo del tamaño y complejidad de la organización, la función de cumplimiento puede ser asumida por:

  • Una persona interna, con formación adecuada, independencia y autoridad suficiente.

  • Un departamento específico, en organizaciones medianas o grandes.

  • Un tercero externo especializado, en el caso de pequeñas entidades o cuando se busque una auditoría más objetiva.

Lo esencial es que esta función sea real, efectiva y con medios suficientes para operar con autonomía.


Funciones principales del compliance officer:

  • Identificar y evaluar riesgos legales y penales.

  • Elaborar e implementar políticas de cumplimiento.

  • Coordinar la formación y concienciación del personal.

  • Gestionar el canal de denuncias.

  • Supervisar la aplicación de controles y procedimientos.

  • Realizar el seguimiento y actualización del SGRP.

  • Informar periódicamente a la alta dirección y, si existe, al órgano de administración.


Requisitos clave:

  • Independencia funcional: no debe tener intereses que interfieran con su rol.

  • Acceso a información y recursos: debe contar con los medios necesarios para cumplir con sus tareas.

  • Soporte de la dirección: su labor debe estar respaldada explícitamente por el liderazgo de la organización.

  • Capacidad técnica: formación jurídica, ética y organizativa adecuada.


¿Por qué es imprescindible?

  • Es la figura que garantiza la coherencia y continuidad del sistema.

  • Permite detectar y actuar a tiempo ante irregularidades.

  • Mejora la confianza de empleados, inversores y autoridades.

  • Su existencia es valorada positivamente en caso de procedimientos judiciales o inspecciones.


Conclusión

El compliance officer no es un mero gestor documental: es el motor del sistema de prevención penal. Su presencia activa y bien definida es sinónimo de compromiso, responsabilidad y cultura ética. Con este último elemento se cierra el círculo de un SGRP eficaz, adaptado a la realidad de cada organización y orientado a la mejora constante.


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